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Calendario fiscal: los modelos de la AEAT y la ATC que Zeva calcula
Publicado el 2026-07-20
Vídeo en preparación
Todavía no hemos grabado el vídeo de esta guía (duración estimada: 2:50). El guion completo -- lo que se ve en pantalla y lo que se dice en cada momento -- está más abajo, en «Guion del vídeo». Mientras tanto, los pasos escritos de esta página son la guía completa.
El calendario fiscal español no es una lista de fechas sueltas: es un ritmo. Cada impuesto tiene su modelo y cada modelo, su ventana de presentación. Aquí tienes, en un solo sitio, los modelos que Zeva calcula a partir de tus facturas y gastos, agrupados por cuándo te tocan.
Las fechas exactas las publica cada año la Agencia Tributaria en su calendario del contribuyente, y la Agencia Tributaria Canaria (ATC) para los impuestos del archipiélago. Los plazos que ves aquí son los generales; si un día límite cae en sábado, domingo o festivo, se traslada al siguiente día hábil.
Los dos ritmos: periódico y anual
Hay dos tipos de obligación. Las autoliquidaciones periódicas (trimestrales o pagos a cuenta) son las que presentas varias veces al año, normalmente en los primeros días del mes siguiente a cada periodo. Las declaraciones anuales cierran el ejercicio: unas resumen lo que ya has ido declarando, otras informan de operaciones con terceros. Saber en cuál de los dos grupos está cada modelo te evita la mitad de los sustos de última hora.
Modelos trimestrales
- Modelo 303 — IVA. La autoliquidación trimestral del IVA. Se presenta en los 20 primeros días naturales de abril, julio y octubre; el cuarto trimestre, hasta el 30 de enero del año siguiente.
- Modelo 111 — retenciones de IRPF. Las retenciones que has practicado en nóminas y en facturas de profesionales. En los 20 primeros días naturales de abril, julio, octubre y enero.
- Modelo 130 — pago fraccionado del IRPF. El adelanto a cuenta de tu IRPF si eres autónomo en estimación directa. En los 20 primeros días naturales de abril, julio y octubre; el cuarto trimestre, hasta el 30 de enero.
- Modelo 420 — IGIC (Canarias). El equivalente canario del 303: la autoliquidación trimestral del IGIC, que se presenta ante la ATC. Hasta el 20 de abril, julio y octubre; el cuarto trimestre, en enero.
- Modelo 369 — IVA de la ventanilla única (OSS). Para el comercio electrónico que vende a consumidores de otros países de la UE. Es trimestral, pero con un plazo propio: hasta el final del mes natural siguiente al trimestre.
Pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades
- Modelo 202 — pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. No es trimestral: son tres pagos a cuenta al año, en los 20 primeros días naturales de abril, octubre y diciembre.
Declaraciones anuales
- Modelo 200 — declaración del Impuesto sobre Sociedades. La declaración anual del IS de las sociedades. Se presenta en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio; para quien cierra el 31 de diciembre, eso significa del 1 al 25 de julio.
- Modelo 390 — resumen anual del IVA. Recopila todo el IVA del año. Del 1 al 30 de enero del año siguiente. Quien está en el SII no lo presenta.
- Modelo 347 — operaciones con terceros. Declaración informativa de los clientes y proveedores con los que has superado los 3.005,06 euros en el año. Durante el mes de febrero.
- Modelo 425 — resumen anual del IGIC (Canarias). El resumen anual del IGIC ante la ATC. Durante el mes de enero del año siguiente.
- Modelo 415 — operaciones con terceros del IGIC (Canarias). La declaración informativa anual de operaciones con terceras personas en el ámbito del IGIC, equivalente canaria del 347. Se presenta en los primeros meses del año siguiente; confirma el plazo exacto del ejercicio en la sede de la ATC.
Plazos cotejados con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. Aun así, cada ejercicio publica su propio calendario y un vencimiento en sábado o festivo se traslada al siguiente día hábil, así que confirma la fecha vigente antes de presentar. Para los impuestos canarios, en la sede de la Agencia Tributaria Canaria.
Guion del vídeo (pendiente de grabar)
Duración estimada: 2:50. Se graba sobre un calendario animado con los modelos fiscales y sus plazos, apoyado en capturas del panel de Zeva para el ejemplo de facturas y gastos ya registrados.
| Tiempo | En pantalla | Locución |
|---|---|---|
| 0:00–0:15 | Título: "Calendario fiscal: los modelos que Zeva calcula". | "El calendario fiscal español no es una lista de fechas sueltas: es un ritmo. Te lo cuento agrupado por cuándo te toca cada modelo." |
| 0:15–0:45 | Gráfico con los modelos trimestrales: 303, 111 y 130. | "Cada trimestre presentas el IVA con el modelo 303 y las retenciones con el 111. Si eres autónomo en estimación directa, además el pago fraccionado con el 130. Los tres, en los 20 primeros días de abril, julio y octubre; el cuarto trimestre, hasta el 30 de enero." |
| 0:45–1:05 | Gráfico con el modelo 420 (IGIC) y el 369 (OSS). | "Si estás en Canarias, el equivalente del 303 es el 420, ante la Agencia Tributaria Canaria, con los mismos plazos. Y si vendes por ecommerce a otros países de la UE, el 369 de la ventanilla única tiene su propio plazo: hasta el final del mes siguiente al trimestre." |
| 1:05–1:20 | Gráfico con el modelo 202. | "El Impuesto sobre Sociedades no se paga solo al final del año: hay tres pagos a cuenta con el modelo 202, en abril, octubre y diciembre." |
| 1:20–1:55 | Gráfico con las declaraciones anuales: 200, 390 y 347. | "Las declaraciones anuales cierran el ejercicio. El modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades se presenta del 1 al 25 de julio si cierras en diciembre. El 390 resume todo el IVA del año, en enero. Y el 347 declara los clientes y proveedores con los que has superado los 3.005,06 euros, durante febrero." |
| 1:55–2:15 | Gráfico con los modelos canarios anuales 425 y 415. | "En Canarias, el 425 es el resumen anual del IGIC y el 415 su declaración de operaciones con terceros, los dos durante los primeros meses del año siguiente." |
| 2:15–2:35 | Captura del aviso legal, con un calendario donde un día festivo se traslada al siguiente hábil. | "Estos plazos están cotejados con el calendario del contribuyente, pero cada año la Agencia Tributaria publica el suyo, y un vencimiento en sábado, domingo o festivo se traslada al día hábil siguiente. Confirma siempre la fecha vigente antes de presentar." |
| 2:35–2:50 | Panel de Zeva mostrando facturas y gastos ya registrados junto al cálculo de un modelo. | "Zeva calcula estos modelos a partir de las mismas facturas y los mismos apuntes que ya generas al facturar, para que la autoliquidación cuadre sin un cálculo aparte." |
Nota de producción: pendiente de grabar. Este guion es el texto definitivo del vídeo; solo falta capturar la pantalla real y locutarlo.
Dónde encaja Zeva
Zeva calcula estos modelos a partir de los datos que ya generas al facturar y al registrar gastos: las mismas facturas selladas y los mismos apuntes que alimentan tus libros de IVA/IGIC son los que cuadran cada autoliquidación, sin un cálculo aparte que pueda desviarse. Puedes ver cómo funciona en contabilidad automática.
Si te pierdes con la jerga de cada modelo —devengado, deducible, retención, rendimiento neto—, el glosario te la traduce a lenguaje llano. Y si quieres el detalle de los tres modelos más consultados, tienes un artículo dedicado a cada uno: el pago fraccionado del IRPF (modelo 130), el Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) y las retenciones de IRPF (modelo 111).
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