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Calendario fiscal: los modelos de la AEAT y la ATC que Zeva calcula

Publicado el 2026-07-20

El calendario fiscal español no es una lista de fechas sueltas: es un ritmo. Cada impuesto tiene su modelo y cada modelo, su ventana de presentación. Aquí tienes, en un solo sitio, los modelos que Zeva calcula a partir de tus facturas y gastos, agrupados por cuándo te tocan.

Las fechas exactas las publica cada año la Agencia Tributaria en su calendario del contribuyente, y la Agencia Tributaria Canaria (ATC) para los impuestos del archipiélago. Los plazos que ves aquí son los generales; si un día límite cae en sábado, domingo o festivo, se traslada al siguiente día hábil.

Los dos ritmos: periódico y anual

Hay dos tipos de obligación. Las autoliquidaciones periódicas (trimestrales o pagos a cuenta) son las que presentas varias veces al año, normalmente en los primeros días del mes siguiente a cada periodo. Las declaraciones anuales cierran el ejercicio: unas resumen lo que ya has ido declarando, otras informan de operaciones con terceros. Saber en cuál de los dos grupos está cada modelo te evita la mitad de los sustos de última hora.

Modelos trimestrales

Pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades

Declaraciones anuales

Plazos cotejados con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. Aun así, cada ejercicio publica su propio calendario y un vencimiento en sábado o festivo se traslada al siguiente día hábil, así que confirma la fecha vigente antes de presentar. Para los impuestos canarios, en la sede de la Agencia Tributaria Canaria.

Dónde encaja Zeva

Zeva calcula estos modelos a partir de los datos que ya generas al facturar y al registrar gastos: las mismas facturas selladas y los mismos apuntes que alimentan tus libros de IVA/IGIC son los que cuadran cada autoliquidación, sin un cálculo aparte que pueda desviarse. Puedes ver cómo funciona en contabilidad automática.

Si te pierdes con la jerga de cada modelo —devengado, deducible, retención, rendimiento neto—, el glosario te la traduce a lenguaje llano. Y si quieres el detalle de los tres modelos más consultados, tienes un artículo dedicado a cada uno: el pago fraccionado del IRPF (modelo 130), el Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) y las retenciones de IRPF (modelo 111).

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