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Modelo 111: las retenciones de IRPF que ingresas cada trimestre
Publicado el 2026-07-20
Cuando pagas una nómina o la factura de un profesional, no le entregas el importe entero: retienes una parte a cuenta de su IRPF y se la ingresas a Hacienda en su nombre. El modelo 111 es el trámite con el que liquidas esas retenciones cada trimestre. Vemos quién está obligado, cuándo se presenta y cómo se calcula la retención.
Qué es
El modelo 111 es la autoliquidación de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas. En la práctica, es el modelo por el que ingresas a Hacienda lo que has retenido a tus trabajadores en sus nóminas y a los profesionales en sus facturas. Ese dinero no es tuyo: lo retienes y lo ingresas por cuenta de quien cobra, que después lo verá reflejado en su propia declaración de la renta.
Quién debe presentarlo
Cualquier persona o entidad obligada a retener que abone rentas sujetas a retención: empresas y autónomos que pagan nóminas a trabajadores o que reciben facturas de profesionales con retención. Si tienes personal contratado o trabajas con profesionales que aplican retención en sus facturas, el modelo 111 te afecta.
Cuándo se presenta
Con carácter general es trimestral: en los 20 primeros días naturales de abril, julio, octubre y enero, por lo retenido en el trimestre anterior. Las grandes empresas (con un volumen de operaciones que supera el umbral legal) lo presentan mensualmente.
Qué retenciones recoge
Fundamentalmente dos bloques:
- Rendimientos del trabajo (nóminas). El tipo de retención de cada trabajador es variable: depende de su salario, su situación personal y familiar y el tipo de contrato, y se calcula con las reglas del reglamento del IRPF.
- Actividades profesionales (facturas de profesionales). Aquí el tipo está fijado con carácter general en el 15 %, con un tipo reducido del 7 % aplicable durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes, y para algunas actividades concretas previstas en el reglamento.
El modelo 111 no calcula un impuesto propio: suma las retenciones ya practicadas en el periodo y las ingresa. El resumen anual de todas esas retenciones se presenta aparte, al cierre del ejercicio.
Contexto normativo
Las retenciones del IRPF se regulan en la Ley 35/2006 del IRPF y en el Reglamento del IRPF (RD 439/2007), que fija los tipos y las reglas de cálculo. El modelo 111 se aprueba por orden ministerial. Los tipos de retención pueden revisarse por ejercicio, así que confirma siempre el vigente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Artículo pendiente de revisión legal final. Confirma con tu asesoría el tipo de retención aplicable a cada perceptor, especialmente en nóminas, donde el porcentaje se calcula caso a caso.
Dónde encaja Zeva
Zeva calcula el modelo 111 a partir de las nóminas y de las facturas de profesionales que ya has registrado: las retenciones no son un cálculo aparte, salen del mismo dato que introduces al contabilizar cada pago. Además de calcularlo, Zeva genera un borrador en PDF interno para que lo revises con tu gestoría. Lo que todavía no hace es presentarlo telemáticamente ante la AEAT: esa transmisión llega en una fase próxima (Fase 2 del roadmap). Puedes ver cómo trabajamos tu contabilidad automática y en qué mes cae cada modelo en el calendario fiscal.
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