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Registro horario obligatorio: qué exige la ley
Publicado el 2026-07-02
El registro horario lleva siendo obligatorio en España desde 2019, pero cada cierto tiempo vuelve a la actualidad — normalmente cuando se anuncia un refuerzo de la inspección o un endurecimiento de las condiciones exigidas.
Qué exige la norma
Toda empresa, con independencia de su tamaño o sector, debe llevar un registro diario de la jornada de cada persona trabajadora, que incluya el horario concreto de inicio y fin de la jornada. El registro debe conservarse durante cuatro años y estar a disposición de las personas trabajadoras, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo.
Por qué "append-only" importa aquí
Un registro que se pudiera editar libremente después de anotado pierde buena parte de su valor como garantía frente a una inspección. Por eso en Zeva el fichaje nunca se borra ni se sobrescribe: cualquier corrección se hace con una entrada nueva, dejando rastro de ambas — te lo explicamos con detalle en fichaje append-only.
Contexto normativo
La obligación se recoge en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), introducido por el Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. El incumplimiento puede calificarse como infracción grave conforme a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (RD Legislativo 5/2000).
Artículo pendiente de revisión legal final; la obligación general es estable desde 2019, pero confirma con tu asesoría laboral cualquier desarrollo reglamentario adicional que pueda afectar a tu sector.
Qué puedes hacer ya
Si todavía llevas el registro horario en Excel o en papel, es un buen momento para automatizarlo. Puedes ver cómo lo resolvemos en Zeva en fichaje append-only o solicitar una demo.
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